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Cuatro sentencias declaran procedentes despidos por subir contenidos a TikTok

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Las redes sociales son una parte integral de la rutina diaria para muchos trabajadores, teniendo diversas repercusiones en el ámbito laboral. Una de estas repercusiones se manifiesta en despidos disciplinarios debido a conductas inapropiadas, como grabar vídeos en las instalaciones de la empresa sin autorización, perjudicar la imagen o reputación corporativa, y participar en actividades incompatibles con una baja por incapacidad temporal. Como ilustración de este fenómeno, se presentan cuatro sentencias que respaldan la justificación del despido en relación con el uso de TikTok. - Sentencia reciente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, del 17 de octubre de 2023, se declaró la procedencia del despido disciplinario de un trabajador que grabó un video mientras conducía un camión de la empresa y lo compartió en la red social TikTok. La sentencia argumenta que esta acción constituyó una conducta negligente y tenía el potencial de causar perjuicio a la empresa . El tribun

El Tribunal Supremo ratifica la obligación de un hombre de abonar 50.000 euros a su ex pareja como compensación por las labores domésticas.

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  El Tribunal Supremo (TS) ha sentenciado que un hombre indemnice con 50.000 euros a su exmujer como compensación por su labor dedicada al hogar durante siete años , período en el que se entregó exclusivamente a la familia y a las hijas que compartían. Esta resolución confirma la determinación previa de la Audiencia Provincial de Palencia, aunque inicialmente se le otorgaron 100.000 euros. Los magistrados Francisco Marín Castán (presidente), José Luis Seoane Spiegelberg (ponente), Mª Ángeles Parra Lucán y Antonio García Martínez explicaron en la sentencia 1423/2023, emitida el 17 de octubre, que a pesar de que los ingresos del hombre se destinaban a cubrir las obligaciones matrimoniales, esto no excluía el derecho de la esposa a recibir una compensación económica por su trabajo en el hogar. Adicionalmente, la Sala de lo Civil subrayó que la contribución a los ingresos matrimoniales no fue exclusiva del esposo, ya que la esposa también aportó al sostener durante años tanto las responsab

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